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Nuevos Instrumentos de cobro SEPA. A partir de 1 de febrero de 2014.

enero 9, 2014 ADE SORIANO Comments Off

Esta Información es MUY IMPORTANTE para todas aquellas empresas o empresarios que cobran a sus clientes a través de la emisión de recibos bancarios.

En aplicación del Reglamento europeo 260/2012, se establece como fecha límite el 1 de febrero de 2014 para que los sistemas nacionales sean reemplazados por los instrumentos de cobro europeos SEPA. Para ello, los instrumentos tradicionales (ficheros N19, N32 y N58), así como los recibos en papel se sustituyen por los adeudos directos SEPA, válidos para su gestión en cualquiera de los 33 estados adheridos (los 28 estados de la UE, más Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza y Mónaco).

Los nuevos instrumentos de pago SEPA, adeudo directo esquema básico (CORE) y adeudo directo esquema empresarial (B2B), ofrecen a empresas y particulares un sistema de cobros y pagos común para todos los estados adheridos a la Zona Única de Pagos en Euros (SEPA) de modo que puedan gestionarse con la misma facilidad, seguridad y coste, tanto dentro de nuestras fronteras como en el mercado europeo. La modalidad empresarial permite además reducir de manera significativa los plazos de devolución.

 

Adeudos directos SEPA esquema básico (CORE)

El adeudo directo permite la gestión de forma electrónica y automatizada del cobro de las ventas a través de un adeudo o cargo en la cuenta del pagador.

Requisitos para emitir adeudos directos esquema básico (CORE):

  • Las operaciones deben ser en euros
  • Emisor y deudor pueden ser personas jurídicas y/o particulares.
  • Todas las entidades que operan en adeudos admitirán la modalidad esquema básico.
  • Previamente a la emisión debe existir una orden/mandato del deudor para domiciliar los pagos. Las órdenes de domiciliación o mandatos existentes seguirán siendo igualmente válidos para emitir adeudos directos bajo el esquema básico -CORE (sólo para el ámbito nacional).
  • Es obligatorio conservar los mandatos y todas sus modificaciones o cancelaciones mientras se puedan exigir para justificar la existencia de autorización para un cobro.
  • Se precisa un nuevo formato de fichero: 19-14 SEPA CORE. A partir del 1 de febrero de 2016 será obligatorio el formato estandarizado XML ISO 20022.
  • El código IBAN pasa a ser el código estandarizado de la cuenta del deudor, y el BIC, el de la entidad financiera del deudor.
  • Los débitos se presentarán con una anticipación de 7 días (para primeras o únicas operaciones) y 4 días hábiles (para operaciones recurrentes o últimas). Desde junio de 2013 las entidades operantes en España ofrecen la modalidad de COR1 que permite unificar y acortar los plazos de anticipación de las presentaciones a 2 días hábiles.
  • Plazos de devolución:
    • Hasta 8 semanas por orden del cliente deudor.
    • 13 meses para pagos no autorizados (por orden del cliente). Existe la posibilidad de rechazar una devolución en este plazo aportando copia del mandato vigente.

Adeudos directos SEPA esquema empresarial (B2B)

Es una modalidad del adeudo directo SEPA, concebido específicamente para las transacciones monetarias entre personas jurídicas (empresas o autónomos), con el que se establece un sistema de pagos homogéneo en los 32 estados adheridos que permite la gestión de cobros y pagos con la misma facilidad, seguridad y coste, tanto dentro de nuestras fronteras como en el mercado europeo.

Con la modalidad empresarial o B2B, el plazo de devolución de impagados se reduce a solo dos días, lo que mejora su riesgo comercial y la gestión de impagados, a la vez que reduce el riesgo de morosidad.

El esquema B2B es opcional. En caso de transacción con una entidad no adherida se usará el esquema obligatorio SEPA CORE.

Requisitos para emitir adeudos directos esquema empresarial (B2B):

  • Las operaciones deben ser en euros
  • Emisor y deudor deben ser personas jurídicas (empresas o autónomos).
  • Previamente a la emisión debe formalizarse una orden/mandato de domiciliación entre emisor y deudor. Esta orden debe especificar la aceptación de operativa B2B y la renuncia de este al derecho de devolución.
  • Es obligatorio conservar los mandatos y todas sus modificaciones o cancelaciones mientras se puedan exigir para justificar la existencia de autorización para un cobro.
  • Se precisa de un nuevo formato de fichero: 19-44 B2B SEPA. A partir del 1 de febrero de 2016 será obligatorio el formato estandarizado XML ISO 20022.
  • El código IBAN pasa a ser el código estandarizado de la cuenta del deudor, y el BIC, el de la entidad financiera del deudor.
  • Los débitos  se presentarán con una anticipación de 3 días hábiles.
  • Previamente al adeudo, la entidad bancaria solicitará autorización al librado.

 

Le adjuntamos formato modelo de los dos tipos de adeudo que deberán firmar sus clientes.

 

 

 

 

 

 

Orden de domiciliación de adeudo directo SEPA
SEPA Direct Debit Mandate

 

A cumplimentar por el acreedor
To be completed by the creditor
Referencia de la orden de domiciliación / Mandate reference
Identificador del acreedor / Creditor Identifier
Nombre del acreedor / Creditor’s name
Dirección / Address
Código postal – Población – provincia / Postal Code – City – Town
País / Country
España

Mediante la firma de esta orden de domiciliación, el deudor autoriza (A) al acreedor a enviar instrucciones a la entidad del deudor para adeudar su cuenta y (B) a la entidad para efectuar los adeudos en su cuenta siguiendo las instrucciones del acreedor. Como parte de sus derechos, el deudor está legitimado al reembolso por su entidad en los términos y condiciones del contrato suscrito con la misma. La solicitud de reembolso deberá efectuarse dentro de las ocho semanas que siguen a la fecha de adeudo en cuenta. Puede obtener información adicional sobre sus derechos en su entidad financiera.
By signing this mandate form, you authorize (A) the Creditor to send instructions to your bank to debit your account and (B) your bank to debit your account in accordance with the instructions from the Creditor. As part of your rights, you are entitled to a refund from your bank under the terms and conditions of your agreement with your bank. A refund must be claimed within eight weeks starting from the date on which your account was debited. Your rights are explained in a statement that you can obtain from your bank.

A cumplimentar por el deudor
To be completed by the debtor
Nombre del deudor/es (titular/es de la cuenta de cargo) / Debtor’s name
Dirección del deudor  / Adress of the debtor
Código postal – Población – Provincia / Postal Code – City – Town
País del deudor  / Country of the debtor
Swift BIC (puede contener 8 u 11 posiciones) / Swift BIC (up to 8 or 11 characters)
Número de cuenta – IBAN / Account numer -IBAN
Tipo de pago: Type of payment
Fecha – Localidad:
Date – location in wich you are signing
 
Firma del deudor:
Signature of the debtor
 

 

TODOS LOS CAMPOS HAN DE SER CUMPLIMENTADOS OBLIGATORIAMENTE.
UNA VEZ FIRMADA ESTA ORDEN DE DOMICILIACIÓN DEBE SER ENVIADA AL ACREEDOR PARA SU CUSTODIA.
ALL GAPS ARE MANDATORY. ONCE THIS MANDATE HAS BEEN SIGNED MUST BE SENT TO CREDITOR FOR STORAGE.

 

 

 


Orden de domiciliación de adeudo directo SEPA B2B
SEPA Business-to-Business Direct Debit Mandate

 

A cumplimentar por el acreedor
To be completed by the creditor

Referencia de la orden de domiciliación / Mandate reference
Identificador del acreedor / Creditor Identifier
Nombre del acreedor / Creditor’s name
Dirección / Address
Código postal – Población – provincia / Postal Code – City – Town
País / Country
España

Mediante la firma de esta orden de domiciliación, el deudor autoriza (A) al acreedor a enviar instrucciones a la entidad del deudor para adeudar su cuenta y (B) a la entidad para efectuar los adeudos en su cuenta siguiendo las instrucciones del acreedor. Esta orden de domiciliación está prevista para operaciones exclusivamente entre empresas y/o autónomos. El deudor no tiene derecho a que su entidad le reembolse una vez que se haya realizado el cargo en cuenta, pero puede solicitar a su entidad que no efectúe el adeudo en la cuenta hasta la fecha debida. Podrá obtener información detallada del procedimiento en su entidad financiera.
By signing this mandate form, you authorize (A) {NAME OF CREDITOR} to send instructions to your bank to debit your account and (B) your bank to debit your account in accordance with the instructions from {NAME OF CREDITOR}. This mandate is only intended for business-to-business transactions. You are not entitled to a refund from your bank after your account has been debited, but you are entitled to request your bank not to debit your account up until the day on which the payment is due. Please contact your bank for detailed procedures in such a case.

A cumplimentar por el deudor
To be completed by the debtor

Nombre del deudor/es (titular/es de la cuenta de cargo) / Debtor’s name
Dirección del deudor  / Adress of the debtor
Código postal – Población – Provincia / Postal Code – City – Town
País del deudor  / Country of the debtor
Swift BIC (puede contener 8 u 11 posiciones) / Swift BIC (up to 8 or 11 characters)
Número de cuenta – IBAN / Account numer -IBAN
Tipo de pago: Type of payment
Fecha – Localidad:
Date – location in wich you are signing
  YECLA
Firma del deudor:
Signature of the debtor
 

 

TODOS LOS CAMPOS HAN DE SER CUMPLIMENTADOS OBLIGATORIAMENTE.

UNA VEZ FIRMADA ESTA ORDEN DE DOMICILIACIÓN DEBE SER ENVIADA AL ACREEDOR PARA SU CUSTODIA.

LA ENTIDAD DE DEUDOR REQUIERE AUTORIZACIÓN DE ÉSTE PREVIA AL CARGO EN CUENTA DE LOS ADEUDOS DIRECTOS B2B.

EL DEUDOR PODRÁ GESTIONAR DICHA AUTORIZACIÓN CON LOS MEDIOS QUE SU ENTIDAD PONGA A SU DISPOSICIÓN.

ALL GAPS ARE MANDATORY. ONCE THIS MANDATE HAS BEEN SIGNED MUST BE SENT TO CREDITOR FOR STORAGE. NEVERTHELESS, THE BANK OF DEBTOR REQUIRES DEBTOR’S AUTHORIZATION

BEFORE DEBITING B2B DIRECT DEBITS IN THE ACCOUNT. THE DEBTOR WILL BE ABLE TO MANAGE THE MENTIONED AUTHORIZATION THROUGH THE MEANS PROVIDED BY HIS BANK.